Guia de Servicios y Tramites, Diputación Provincial de Almería
APLICACIONES DE GESTIÓN LOTUS NOTES/DÓMINO EN SERVIDORES DE LA RED PROVINCIAL
Descripción:
Este servicio, ofrece la posibilidad a cualquier Administración Local de la provincia de Almería, de utilizar las bases de datos y componentes lotus notes/data asociados para la actividades de gestión que estuvieran disponibles en los Servidores de la Red Provincial. En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica.
Destinatarios: 
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Dependencias Internas
Requisitos exigibles:  
ENTIDADES que soliciten la prestación del servicio de alojamiento de aplicaciones y bases de datos en servidores de la Red Provincial, de conformidad con lo establecido en el mismo.

Es necesario tener activos los siguientes servicios:

- Conexión a la Red Provincial de Comunicaciones (a través de conexiones de tipo ADSL o LMDS, o cualquier otra modalidad de conexión de banda ancha que se pudiera implantar en el futuro, no siendo posible por la velocidad de la linea, implantarlos en equipos conectados a la red provincial mediante accesos RDSI.).

- Firma Electrónica Acordada. Y que los usuarios a los que se pretenda autorizar el acceso, en nombre de la Entidad adherida, dispongan de ID personal o genérico debidamente registrado.

- Que los equipos con los que se acceda a la red tengan instalado una versión de sistema operativo compatible con el correspondiente servicio

Entidades Locales que soliciten la prestación del servicio de alojamiento de aplicaciones y bases de datos en servidores de la Red Provincial, de conformidad con lo establecido en el mismo.

Es necesario haber solicitado el servicio y tener activos los siguientes servicios:

- Conexión a la Red Provincial de Comunicaciones (a través de conexiones de tipo ADSL o LMDS, o cualquier otra modalidad de conexión de banda ancha que se pudiera implantar en el futuro, no siendo posible por la velocidad de la linea, implantarlos en equipos conectados a la red provincial mediante accesos RDSI.).

- Firma Electrónica Acordada. Y que los usuarios a los que se pretenda autorizar el acceso, en nombre de la Entidad adherida, dispongan de ID personal o genérico debidamente registrado.

- Que los equipos con los que se acceda a la red tengan instalado una versión de sistema operativo compatible con el correspondiente servicio.

Anualmente, si el servicio implica gasto, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la financiación de los mismos, de conformidad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente
Documentación Complementaria:
Las solicitudes de prestación deberán contener: - Entidad solicitante. - Denominación de las Aplicaciones y/o Bases de Datos para la que se solicita el servicio. (ver lista de aplicaciones disponibles). Los coordinadores podrán solicitar altas y bajas futuras. - Nombre y datos de contacto, de la persona que se designe coordinador del servicio. Persona que deberá contar con el correspondiente ID Personal de la Red Provincial registrado. - Declaración expresa, en su caso, asumiendo los costes directos de prestación del servicio, de conformidad con el coste aprobado para cada aplicación y/o base de datos. - Autorización expresa, en su caso, para compensar las cantidades no satisfechas por la prestación del Servicio, con cargo a los fondos de entregas a cuenta y recaudación que la Diputación deba satisfacer, de acuerdo con el Convenio de Delegación de Funciones en Materia Tributaria. Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto, si fuera exigible, al Área de Personal y Régimen Interior. Servicio de Régimen Interior. Anualmente, si el servicio implica gasto, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones qeu realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la inanciación de los mismos, de conformdiad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente.
¿Cuándo solicitar? :  
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
10 días
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá estimada
Coste para el solicitante:
Inicialmente, la utilización de éste servicio, no comporta coste alguno para la entidad usuarias que soliciten su utilización. No obstante, dado que se prevé la posibilidad futura de ampliar la lista de aplicaciones concretas disponibles. En el supuesto de que alguna pudiera implicar coste para los entes que las utilicen, previamente deberá informar la Comisión Permanente y dictarse la correspondiente resolución con el preceptivo informe de la Intervención Provincial caso de suponer un gasto para la Diputación.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE R. INTERIOR . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 171
Fax: 950 211 194
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Para el supuesto de que alguna Entidad usuaria quisiera dejar de utilizar el presente servicio o alguna opción que, en su caso supusiera gasto, deberá comunicarlo con un mes de antelación. La gestión de altas y bajas de opciones que no impliquen gasto se harán directamente, de conformidad con lo que el respectivo coordinador solicite mediante correo electrónico firmado con certificado de la Red Provincial.

Los coordinadores, incluidos en la lista de correo electrónico del servicio, recibirán información sobre las opciones y aplicaciones que se vayan habilitando. Inicialmente estarán disponibles las siguientes:

01.- Portafirmas documentos Bases de Datos Lotus (firmados ID Red Provincial) - Sin Coste
02.- Control de Subvenciones Recibidas - Sin Coste
03.- Bases de Datos Documentales de la Entidad Adherida - Sin Coste

De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL

VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- -Aprobado por Resolución núm. 1649/2008 de 6/11
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE INFORMATICA

DOCUMENTOS ADJUNTOS

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